¿Preguntas sobre aborto para ingresar a trabajar en el Estado?
Para ingresar a trabajar en cualquier puesto del Estado hay que realizarse los exámenes pre-ocupacionales que tienen como propósito determinar si el postulante tiene aptitudes, según sus condiciones psicofísicas, para las actividades que se le requerirán en el trabajo. Los exámenes preocupacionales son obligatorios y el formulario que se llena dice expresamente ”declaración jurada”.
Desde MxM hemos tomado conocimiento de que en estos exámenes se solicita que quienes aplican para un trabajo estatal consignen cuántos abortos se han realizado.
El 5 de febrero formalizamos un pedido al Secretario de Estado de Derechos Humanos y Justicia Mario Racedo, para que se excluya de dichos formularios las preguntas sobre abortos ya que resultan discriminatorias para mujeres y personas gestantes.
Obligar a alguien a declarar sobre si se ha practicado un aborto, además de una violación grave a la intimidad, puede significar una autoincriminación con reproche penal.
Los arts. 18 y 19 de nuestra Constitución Nacional aseguran que ninguna persona está obligada a declarar en su contra o a proporcionar información incriminatoria y, en franca violación de esta garantía constitucional de resguardo de la intimidad y de respeto del principio de inocencia, el Gobierno tucumano exige estos datos sensibles.
Entonces, cualquier mujer o persona gestante que busque un trabajo estatal en nuestra provincia se enfrentará a la trampa de los siguientes interrogantes: ¿Corro el riesgo de mentir y accedo al trabajo? ¿Apuesto por conseguir un trabajo, pero corro el riesgo de ir presa? ¿Me arriesgo a la censura social de mis pares brindando información que produce estigma en muchos núcleos sociales porque necesito el trabajo? ¿En lugares donde los legajos no tienen los resguardos de confidencialidad suficientes, arriesgo mi integridad personal al brindar información que quizás ni mi familia conoce?
En el caso “Sisnero” la Corte de la Nacion valoró respecto de la igualdad y el trabajo que, de acuerdo con los compromisos adoptados por nuestro país al aprobar la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación de la Mujer y por aplicación de la ley 26.485, “correspondía tomar medidas apropiadas para lograr la modificación de los patrones socio-culturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios […] a fin de garantizar el goce pleno del derecho de igualdad laboral de las mujeres«.
Toda información relacionada con la salud sexual y reproductiva, incluyendo la realización de un abortos, se encuadra en una mirada institucional con sesgo de género que está directamente orientada a impactar de forma desproporcionada en las mujeres y personas con capacidad de gestar. Por eso solicitamos a la Secretaria de DDHH que arbitre los medios conducentes para que, tanto en el ámbito del empleo público -en todos los poderes del Estado- como en el empleo privado, la información sobre abortos sea excluida de los formularios de ingreso en el ámbito laboral.
Los compromisos constitucionales argentinos con la igualdad y no discriminación de género cumplen, en 2024, 30 años. El cese de esta exigencia formal que nada tiene que ver con la ”idoneidad” para ningún trabajo, es urgente.
Desde MxM esperamos que se modifique la declaración jurada para que cese la violación de derechos.
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Dos dictámenes de la Procuración y la responsabilidad de la Corte Suprema de actuar conforme a derecho
Los dictámenes admiten la legitimación de dos grupos en representación del “colectivo de personas por nacer”, en contra del Constitución, leyes nacionales y acordadas de la Corte. Allanan, sin embargo, la vía judicial para arremeter contra el derecho a la interrupción del embarazo. Comunicado conjunto.
Durante la última semana, Laura M. Monti, procuradora fiscal adjunta de la Procuración General de la Nación, firmó dos dictámenes en la misma sintonía. En ellos reconoce la legitimación de un grupo de ciudadanos y una asociación civil para representar a las señaladas “personas por nacer” ante el Poder Judicial. Se trata de una interpretación que no tiene respaldo en la jurisprudencia: ningún tribunal ha reconocido en una sentencia definitiva la posibilidad de representar colectivamente a las “personas por nacer”.
Monti emitió esos dictámenes en dos causas: una liderada por Cristina Fiore Viñuales y otra por la organización Portal de Belén, ambas iniciadas para cuestionar la constitucionalidad de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. En ambos casos, si bien afirma seguirla, se aparta de la jurisprudencia de la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre representación colectiva. También en las dos causas, las partes peticionantes buscan convertir en un “caso” (para discutirse en los tribunales de justicia) lo que en verdad es una disconformidad general con la ley.
Monti se basó en el art. 1 de la Ley 26.061 de Protección Integral a la Niñez para sostener la legitimación. De esta manera, desnaturalizó el sentido de la ley e ingenió una suerte de “acción popular” que permitiría que cualquier ciudadano accione por fuera de un caso concreto. No solo eso, sino que además, equiparó a las “personas por nacer” a niños, niñas y adolescentes.
De este modo, en los dictámenes decidió no tomar en cuenta las exigencias del artículo 116 de la Constitución Nacional, del Código Civil y Comercial de la Nación y de las acordadas y jurisprudencia de la Corte sobre procesos colectivos, creando una situación de inseguridad jurídica. Por nombrar un antecedente: en el caso Halabi, citado por la propia Procuradora, se establece que la comprobación de la existencia de un caso es imprescindible para otorgar legitimación colectiva. En ninguno de los casos, ni Fiore Viñuales ni Portal de Belén, hay “caso”; es decir que Monti debería haber negado la legitimación de plano.
Por qué es grave este paso de la procuradora fiscal: porque admite que un grupo de ciudadanos cuestione a través de un juicio una ley votada por todas las fuerzas políticas sin que se acredite que hay un derecho afectado o un daño concreto y, en la misma acción, le atribuya una representación colectiva inexistente para el ordenamiento jurídico argentino. El debate democrático ya se dio en el Congreso y trazó una línea para un acuerdo social básico de derecho a la salud y a la vida, a través de la despenalización y legalización del aborto.
Los expedientes estaban a la espera de dictamen desde hace un año y medio, pero fueron emitidos dos días después de que el Dr. Rodolfo Barra fuera designado Procurador del Tesoro de la Nación, pese a que aún ejercía como abogado patrocinante de la causa “Fiore Viñuales”.
El Dr. Barra en su carácter de reciente Procurador del Tesoro tiene un conflicto de interés, de acuerdo a la ley de ética pública, que lo hace incompatible con la defensa de la Ley 27.610. Por eso, corresponde que se excuse de intervenir en las causas contra la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y en todo asunto relacionado con el derecho al aborto. En este sentido, hicimos una presentación ante la Procuración del Tesoro de la Nación y pusimos en conocimiento a la Oficina Anticorrupción, en tanto es la autoridad de aplicación de la ley de ética pública.
Desde 2021, del total de acciones judiciales que se iniciaron en contra de la ley, 34 fueron rechazadas por tribunales de diferentes jurisdicciones del país. Sólo 3 llegaron a la Corte, pero no para que decida sobre su constitucionalidad, sino para determinar si quienes promovieron esas acciones tienen derecho a hacerlo representando al colectivo de “personas por nacer”.
Los dictámenes de la Procuración General de la Nación no son vinculantes para la Corte, que puede definir los criterios jurídicos aplicables, sin tomar en cuenta esas recomendaciones. Por eso, la Corte ahora tiene la responsabilidad de volver a situar las acciones colectivas para los propósitos que fueron creadas, evitar que sean forzadas conceptualmente y que se vulneren las garantías del debido proceso. Es su oportunidad de frenar el litigio infundado contra una ley vigente y clave para millones de mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar.
Fundación Mujeres x Mujeres
Amnistía Internacional Argentina
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps)
La Corte Suprema confirma al menos cinco nacidos vivos de abortos
¿»Nacidos vivos de ILE»?
El 27 de Julio pasado presentamos varios pedidos de información pública a en distintas reparticiones del Estado, luego de tomar conocimiento sobre la existencia de «nacidos vivos de ILE», certificados en nuestra provincia e ingresados en el Sistema de Adopción local.
Este nuevo circuito de obstaculización y negativa de abortos legales abre un nuevo capítulo de terror en la objeción de conciencia de Tucumán, por eso le pedimos a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (Expte. 10589/23) , al Sistema Provincial de Salud (Expte. 9557/23), al Ministerio de Desarrollo de Tucumán (Expte. 12035-M-23), al Registro de Adoptantes del Poder Judicial (sin número de expediente a la fecha) y al Ministerio de la Defensa (Expte. 2746/23) información clave para desmadejar este entramado de poder, maleficencia ética y violencia de género.
A su vez presentamos pedidos de información al Plan ENIA Nacional y provincial y un pedido de recomendación a la Defensoría de la Niñez de Nación (ACT.2023-199-DDNNYA). Estos tramites tienen ingreso pero no tienen respuesta.
La existencia de una ILE -interrupción legal del embarazo bajo un sistema de causales prevista por el art. 86 del Código Penal desde 1921- exige la supresión de la vida intrauterina como condición para la legalidad de la prestación sanitaria que afianza el derecho a decidir. Esta inducción de la muerte fetal previa a la evacuación uterina que resulta indispensable para que ocurra legalmente un aborto, requiere una prestación sanitaria lícita llamada por la OMS: «asistolia«. («Clinical practice handbook for quality abortion care» en su versón actualizada y disponible en https://www.who.int/publications/i/item/9789240075207).
Si luego de solicitada una ILE ocurre un nacimiento con vida esa práctica sanitaria maleficente desde la bioética no es un aborto, sino un parto iatrogénico para la vida en gestación y violatorio de la autonomía de la paciente. A ese gravísimo cuadro de situación podrían sumarse todavía otras conductas delictivas como la adulteración de certificaciones médicas, la supresión de estado, la alteración de la filiación o la adoptabilidad prenatal, según el modus operandi que se siga al acto médico de negar la prestación medica de ILE.
Entre otras cosas, nos interesa saber «¿Cuántas de estas actuaciones judiciales motivaron la investigación de las posibles responsabilidades penales que le cabe al personal de salud que atendió esos eventos obstétricos ?«. Sobre todo porque el art. 15 de la Ley 27.610 establece que “Será reprimido o reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, el funcionario público o la funcionaria pública o la autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”; y todo caso de «nacido vivo de ILE» evidencia una conducta penalmente reprochable de obstaculización de un aborto permitido por la ley y varios tipos y modalidades de violencia de género.
Para que esta trama siniestra pueda echarse a andar se necesitan varios actores estratégicos: un equipo de salud interdisciplinario dispuesto brindar información falsa y a instrumentalizar a su paciente; un abogado o abogada de la Institución con la suficiente crueldad como para participar en consultas sanitarias y encubrir este delito; un Director o Directora de la Institución Hospitalaria capaz de mirar para otro lado mientras el personal a su cargo comete un delito; un Ministro de Salud dispuesto a pervertir de manera macabra una política sanitaria de género vigente; una Dirección de Niñez y Familia (DINAIF) comprometida con la revicitimización cuando las pacientes son niñas y adolescentes victimas de abuso sexual y una Defensoría Oficial que avale esta tortura; un Juez o una Jueza que convalide todas y cada una de las violaciones de derechos y las violencias de género; y finalmente, una Iglesia a dónde ir a golpearse el pecho y limpiar la (in)conciencia después de provocar tanto daño.
Nosotras ya hicimos saber a las Autoridades este horror. Ahora, tiene la palabra el Estado.
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Vanessa en las redes del Sistema de Salud: Violencia obstétrica y negligencia profesional
En marzo de 2017, Vanessa, embarazada de 39 semanas, llegó al Hospital Lamadrid de la Ciudad de Monteros con dolores de parto. Allí, debido a su presión alta, le indicaron que de ninguna forma podría tener un parto normal, debían trasladarla al Hospital de Concepción para una cesárea.
En medio de la madrugada, Vanessa llegó al Hospital de Concepción. A pesar de las indicaciones médicas de cesárea, la llevaron a la sala de partos. Nadie le decía nada, nadie atendía sus dolores y gritos: le decían que espere, que necesitaba dilatar más. Ella pedía una y otra vez una cesárea, nunca la escucharon. La sometieron a maniobras inhumanas, como la de Kristeller, para obligarla a parir. Envuelta en dolor y miedo, las profesionales le decían que ellas sabían lo que hacían, que se calle. A las 7 de la mañana, nació su hijo, se lo llevaron porque no respiraba. De nuevo, no escucharon sus suplicas por respuestas. A las 8 de la mañana, le dijeron que estaba muerto.
Luego de 5 años de ese hecho de violencia, el 31 de octubre del 2022 la Cámara en lo Contencioso y Administrativo Sala I dictó sentencia en el proceso iniciado por Vanessa y su pareja contra el Si.Pro.Sa. en busca de reparación para ella y para su bebe que no fue. En esta sentencia les magistrades hicieron caso omiso de las violencias sufridas por ella; no dijeron nada sobre la violencia obstétrica e institucional de la que fue víctima y se dejaron guardada la perspectiva de género que demandaba el caso. Por eso, desde MxM, interpusimos un recurso de casación contra esta sentencia por ser arbitraria, en tanto les jueces transgredieron los art. 7 y 8 de la Convención Belém do Pará que establecen la obligación de pronunciarse sobre una denuncia de violencia de género, violando así la obligación de investigar con debida diligencia reforzada.
Estas violencias se dieron todas en marco de una relación asimétrica de poder, entre Vanessa y el personal de salud, que se dedicaron a maltratarla justificándose en su monopolio del saber. Esto es justamente violencia institucional, en tanto la ley la define como «Aquella realizada por les funcionaries, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos» (ley N° 26.485 de Protección integral a las mujeres). En consonancia, la Ley N° 25.929 de Parto Humanizado, Vanessa tenía -como toda mujer en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto- derecho a ser informada sobre las distintas intervenciones médicas a las que podía acceder y optar entre estas, a ser informada sobre la evolución del parto y el estado de su bebe, además de a estar acompañada por quien ella quisiera durante todo el proceso del parto.
En el Hospital no solo ignoraron deliberadamente sus pedidos desesperados por una cesárea sino que tampoco le informaron las razones por las cuáles se negaban a practicarle dicha práctica. La privaron de compañía y tuvo que transitar sola en su dolor durante horas sin saber nada sobre el estado de salud de su hijo, sometiéndola a violencia obstétrica, siendo esta la que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, faltando a la ley de parto humanizado.
A Vanessa nunca le permitieron ser protagonista de su parto, ni en lo más mínimo. Y, a pesar de todo esto, les jueces, ciegos y sin perspectiva de género no supieron -o no quisieron- ver las violencias y por ende pasaron de ella, condenando a Vanessa a una constante revictimización.
¿Qué significa esto para Vanessa? Entre tribunales y operadores de justicia sin empatía ni perspectiva de género, hicieron que su caso sea uno más y transformaron la sentencia de los jueces en intrascendente.
Cuando Vanessa inició la lucha por la justicia, tenía en el horizonte hacer una diferencia. Cambiar el estado de cosas y transformar la visión de los agentes de la salud que se rigen con una visión hegemónica de la medicina que no contempla la autonomía de las mujeres y personas con capacidad de gestar, objetivando sus cuerpos como meros cuerpos de estudio.
Planteamos un recurso de casación con el argumento de que más allá de que se haya condenado al Estado Provincial por la responsabilidad en la prestación irregular del servicio sanitario que ocasionó la muerte del bebé de Vanessa en el parto, las violencias habían sido invisibilizadas por la narrativa judicial.
Recordemos que Vanessa reclamó la indemnización de daños y perjuicios por una mala praxis ocurrida en un contexto de violencias de género obstétricas e institucionales, meticulosamente detalladas en su relato de la demanda. Y la Cámara Contencioso Administrativo Sala 2 omitió patriarcalmente cualquier enunciación de la palabra violencia y toda valoración sobre los comportamientos basados en la asimetría de poder entre la paciente y el sistema sanitario.
La Corte Suprema de Tucumán resolvió favorablemente nuestro recurso considerando que “En mérito a lo antes expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia N° 907 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo del 06/10/2022, en punto a la determinación del daño moral y sus intereses conforme a la siguiente doctrina legal: «Debe descalificarse como acto jurisdiccional válido la sentencia que no se encuentra adecuadamente motivada en lo que refiere a la justificación del quantum indemnizatorio considerando la falta de servicio y el daño moral desde una perspectiva de género», y REMITIR estos actuados al referido Tribunal a fin de que, por la Sala que por turno corresponda, dicte, en lo pertinente un nuevo pronunciamiento, con arreglo a lo considerado”
Cuatro años después, esperamos que la obligación de investigar con debida diligencia reforzada para reparar las violencia sea respetada en esta sentencia.
La justicia cuida la salud trans
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó una acción de amparo en la que patrocinamos a M.D, una compañera trans, contra la obra social OSPIA y le ordenó garantizar todos los tratamientos de salud que requiera el derecho a la identidad autopercibida (Expte N° 10990/22).
El art. 11 de la Ley 26.743 reconoce el derecho de todas las personas mayores de dieciocho (18) años de «acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa». Y asegura además que «Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce» y que las mismas se encuentran incluidas en el “Plan Médico Obligatorio».
La sentencia reconoció en 1° y 2° instancia que el acceso a tratamientos vinculados con la identidad de género de las personas trans es un derecho humano de todes.
La historia de M.D
Desde 2018 M.D empezó a transicionar al género con el cual se autopercibe acompañada de su familia. En ese mismo año, gracias a las garantias de la Ley 26.743 logró hacer el cambio registral y cambiar su nombre de manera oficial.
En el año 2020, en plena pandemia del COVID 19, solicitó acceder a la cirugia complementaria de feminización corporal y a la cirugia de reasignación sexual (vaginoplastía permanente) a la obra social OSPIA.
Hasta el 2021, OSPIA no solo rechazó la cobertura de los tratamientos solicitados sino que, ademas, no respetaban su nombre autopercibido.
Desde la fecha mencionada empezó a peregrinar ante distintos profesionales para poder acceder a las cirugias y asi continuar con la transición; y ante la imposibilidad de costear el proceso de forma particular, recurrio reiteradas veces a su obra social. Ninguno de sus pedidos fue escuchado.
M.D se presentó a la Fundación MxM para buscar respuestas. Ante la situación de violencias que ella estaba atravesando, presentamos una Acción de Amparo en Agosto del 2022 porque OSPIA continuaba negandole el acceso a las practicas quirurgicas necesarias para su transición.
Normativas que se deben cumplir
El único argumento que esgrimió la Obra Social OSPIA era que M.D no había agotado la via administrativa y así, de manera falsa, desconocía los varios e mails con que ella había reclamado en pandemia la cobertur social de los tratamientos médicos para su identidad de género.
Estas barreras médico burocráticas para el acceso a la salud afectan y vulneran el derecho humano a la salud integral (Ley 23.660) e impiden que el Estado cumpla con el PMO (Plan Médico Obligatorio), que es el piso minimo que el estado debe garantizar en terminos de salud.
A casi 11 años de la Let 26.743 de Identidad de Género recordamos que debe aplicarse el art. 11, previamente mencionado, y su decreto reglamentario 903/2015, junto con el art.13 que establece que «ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio de derecho a la identidad de género debiendo interpretarse y aplicarse siempre a favor del acceso mismo».
Habitar la propia piel de manera libre y sin violencias
«Quiero que mi cuerpo acompañe mi identidad» expresó M.D
Celebramos que la Justicia Federal cuide los derechos de las personas trans con perspectiva de género.
Los derechos de las infancias institucionalizadas también cuentan
Les niñes y adolescentes institucionalizades por problemas de cuidados parentales o en conflicto con la ley penal son ciudadanes. Hoy, el día del estudiante, queremos recordarlo especialmente porque su ciudadanía es debilitada por múltiples interseccionalidades y el Estado tiene obligación de compensar sus desigualdades estrcuturales que expresan su género, su pobreza, su edad y las situaciones de violencia de las cuales provienen.
El día 30 de Septiembre de 2020 presentamos ante el Ministerio de Desarrollo Social un pedido de información pública, junto a Amnistía Internacional y ELA, a propósito de una denuncia telefónica recibida en la Fundación Mujeres x Mujeres sobre presuntas irregularidades que habrían tenido lugar en el Instituto Santa María Goretti. Este Pedido de Información Pública caratulado con número de expediente N° 9304-D-20 que tienía como punto de partida un ingreso violento de la policía para reprimirlas allá en Julio de 2020, jamás fue respondido y tuvimos que iniciar una acción de amparo (Expte N° 504/20) que culminó con una sanción de astreintes para el entonces Ministro de Desarollo Gabriel Yedlin y luego pasó a la Ministra que lo reemplazó, Lorena Málaga. En marzo del 2021 informamos a la Defensora de la Niñez de la Nación.
Le hicimos saber en aquel entonces de la necesidad de que se ocupe personalmente de mejorar las condiciones de vida de las niñas y adolescentes que viven en el Hogar Santa María Goretti, como así también en determinar las responsabilidades administrativas por las circunstancias que se enumeraban en el Pedido de Información Pública que incluían el ingreso violento de la Infantería y la Policía para reprimir a las niñas, al erradicación de existencia de lugares de encierro/castigo como era el caso de «La Casita» y la urgencia en la capacitación con perspectiva de género del personal, como así también la necesidad de ampliar los equipos técnicos que aseguran el abordaje interdisciplinario de las problemáticas que frecuentemente atraviesan las niñas y adolescentes institucionalizadas en DCI del Estado.
En el año 2022, la Directora Verónica Cholffo nos autorizó la realización de un Taller Literario (Resolución Ministerial 119/417) organizado y llevado adelante por jóvenes de nuestra Fundación (Florencia Sabaté, Noelia Aisama, Magali Fernández e Ivana Romero) quienes sábado a sábado asistieron para fortalecer la ciudadanía debilitada de ese colectivo de niñas interseccionalmente desaventajadas por su condición de género, por su edad, por su pobreza y por su falta de cuidados parentales).
Producto de estos talleres logramos que las niñas participen como autoras en el Libro Bitácora de una travesía multicolor Vol. I declarado de interés ministerial (Res. N° 0560/5 (SE) Exp. 00794/230- C-23) y asistan a la presentación que se hizo en el Julio Cultural de la UNT llamada «Festival Multicolor. También producto de este abordaje literario social y feminista las niñas pudieron acudir al Torneo «Derechos en juego: Un partido por la ESI» y en varias ocasiones, asistieron a la Fundación para realizar ahí el Taller.
Durante el año 2022 y 2023 en que desarrollamos nuestro Taller Literario pudimos constatar una serie de situaciones que expresan la violación de los derechos que las niñas y adolescentes tienen asegurados por la Ley 26.061 y la Convención de los Derechos del Niño.
La DINAyF (Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia) pese a ser el Organismo encargado de la protección de las infancias y adolescencias, brilla por su ausencia en el devenir cotidiano de estas niñas con vidas judicializadas que, aunque atravesada por trámites que deben poder leer, muchas de ellas no saben hacerlo.
El Ministerio de Defensa, a través de las Defensorías Oficiales y de la figura del Abogado del Niño, debiera resguardar sus intereses, pero pocas conocen las caras de sus representantes y tampoco las asesoran, ni se ocupan de velar por sus derechos y fortalecer su ciudadanía.
El Si. Pro.Sa tampoco tiene en su GPS la salud integral de estas niñas, y hemos llamado varias veces la atención sobre la falta de tratamientos de salud mental teniendo en cuenta que sólo se brinda esta atención para episodios de autolesiones, pero no para trabajar sostenidamente una subjetividad arrasada por la institucionalización y las circunstancias de violencia que llevan a las niñas a esta situación.
La Secretaría de la Mujer, pese a que son todas las niñas víctimas de alguna violencias de género, no las cuenta dentro de su población a quien brindar contención pese a las múltiples interseccionalidades de desventajas de género que sus vidas expresan.
Y el Poder Judicial que las institucionaliza, lejos de asegurarles condiciones de vida dignas dentro de los D.C.I (Dispositivos de Cuidado), sólo las deposita allí como objetos y se olvida de ellas.
Este lunes 18 de Septiembre pasado, sin noticias sobre el pedido de audiencia al Señor Gobernador que le hiciéramos por escrito el 27 de Julio, iniciamos formalmente otro expediente donde denunciamos una serie de irregularidades que nos tocó presenciar y que conocemos de cerca porque hemos compartido 1 año de Taller Literario con ellas.
Es urgente que la vida de las infancias institucionalizadas entre en la agenda política de género provincial, porque en una democracia, todas las vidas importan El Estado en deuda con ellas y la sociedad no puede mirar hacia otro lado!
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Ateneo de la Salud en Salta
El pasado viernes 1 de septiembre realizamos nuestro Segundo Encuentro del Ateneo de la Salud NOA en el Colegio de Médicos de Salta.
Asistieron más de 80 profesionales de la salud que garantizan abortos en Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca y la Rioja. En esta oportunidad se hizo énfasis en la formación de los equipos que garantizan interrupciones legales en segundo trimestre en las provincias que integran el espacio, instructores de residencias clínicas y la totalidad de equipos de IVE/ILE provinciales.
Contamos con la presencia de autoridades salteñas como Javier Yapura y Raquel Leal (Referente del Programa de SSYRR y Directora de Materno Infancia provincial respectivamente), Mario Sebastiani (médico ginecólogo del Hospital Italiano), Valeria Isla (Directora de Salud Sexual y Reproductiva de Nación), y Analia Messina (consultora de la Dirección de Salud Sexual). A su vez contamos con la presencia de Nina Zamberlin, de FOS Feminista.
Cronograma de la Jornada
La mañana del encuentro comenzó con la apertura de la Directora del Programa de Salud Sexual, Valeria Isla, quien reconoció la importancia de los espacios de intercambio federales en pos del fortalecimiento de la Ley 27.610, agradeció la presencia de las autoridades provinciales e hizo especial hincapié en el gran valor de la presencia de les residentes que hicieron de ése un gran espacio de formación.
Se continuó con un diagnóstico por provincia, llevado a cabo por Adriana Álvarez y Soledad Deza, en donde se pudo socializar que muchas de las debilidades que encuentran les profesionales de la salud en la implementación de la Ley 27.610 es que se sobrecargan a los equipos que llevan adelante la practica y que no ha dejado de haber estigmatización por parte de los demás médicos. Así, muches entendieron que las fortalezas radican en el hecho de encontrarnos y continuar comprometides con la formación y el mejoramiento en la calidad de atención.
Luego del break, Analia Messina, Consultora de la Dirección Nacional del Programa de Salud Sexual y Reproductiva, expuso los procedimientos correctos y recomendados para realizar interrupciones de embarazo en el Segundo Trimestre.
Por su parte, el Dr. Mario Sebastiani, hizo un recorrido desde la ética por los conceptos de vida, muerte y desde donde parten los distintos argumentos de las narrativas conservadoras que obstaculizan el acceso a la interrupción.
En un espacio final de la jornada facilitado por Fernanda Mónaco, se concluyó relevando los desafíos futuros, acordando criterios a futuro y consolidando redes interprovinciales de articulación
Siete años de MxM
“Había una vez un grupo de amigas” y una historia que comienza a cobrar forma. Una provincia poco justa con las mujeres y aquellas que decidieron creer en un camino distinto. Que concibieron la posibilidad de pintar con acuarelas realidades más habitables.
Cumplimos siete años de lucha, amistad, convicciones, litigios, investigación, producción, alfabetización y afán de cambio.
Las “Marias Magdalenas” y las “Belénes” hicieron de la nuestra una historia teñida de lucha y en la que no dejamos de encontrarnos con aliades que, con un abrazo sororo, una palabra amiga, o un empujón para no caer, nos mantuvieron fuertes.
Siete años de una randa de todos los colores. Mano a mano. Sueño a sueño.
Nuestras socias fundadoras son expertas en soñar. Esta es una fundación que se gesta desde la idea de enseñarnos a creer, desde el entender que la moción de lo posible es lo que nos va a hacer cambiar lo injusto. Esta es una fundación que alfabetiza a sus jóvenes en tolerancia a la frustración, en escucha empatica, en acompañamiento feminista y en convicción absoluta en nuestra misión.
Soledad, Adriana, Noelia, Fernanda, Mariana y Sofi fueron las primeras. Había una vez un cuartito de escobas. Un ideal enorme. Una fuerza violeta imparable.
Ahora las jóvenes (Flor, Ivi, Maga, Jo, Jichu, July, y Barbi) tomamos la posta. El sueño ahora también es nuestro, de las jovenes, de las que sabemos que aunque la brújula no siempre marca el norte es ahí donde hay que ir. Que construimos las bitácoras necesarias para pintar el mundo multicolor siempre con la magia de la varita de Karime.
Siete años de revolver el caldero y nunca dejar de esparcir la Magia.
11 años de construcción, 7 años con papeles.
Gracias a todes les que nos acompañaron en estos siete años.
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No hay relación entre la violencia de género y la crisis carcelaria
Un viaje multicolor lleno de arte: Presentación de nuestra nueva antología de cuentos para niñes
Nuestra nueva antología de cuentos infantiles con perspectiva de género se presentó el domigo 2 de julio en el Museo de la Universidad Nacional de Tucumán en el marco del Julio Cultural.
Un domingo soñado en el que empezamos con mariposas de orygami a construir nuestro mundo de realidades posibles y al que se fueron sumando feriantes, artistas, niñes, adultes y muchos colores que tiñeron este día de una magia inexplicable.
Lo multicolor de nuestra travesía se traspoló a cada rincon del Museo, cada columna y arbol, dejandonos subirnos a ese imaginario construido en el libro y volar por un ratito. Como jóvenes, como la generación bisagra de cambio, sentíamos necesario que cada espacio sea como meterse de lleno en cada una de las historias de nuestra antología. Nosotres no tuvimos esa posibilidad en la literatura, se la debíamos a les mas chiques.
Al son de un redoblante que anticipaba que el fuego estaba por arrancar ingresaron las chicas de la escuela de danzas africanas Bembe Guine al centro del patio con saltos y pañuelos de colores. La gente aplaudia y les niñes bailaban.
Flor Moris, acróbata aérea, nos permitió sentir que volar es posible a través de su performance en lira. Al son de una canción instrumental hipnotizó a las infancias y a todes les que estábamos allí presentes mientras ella bailaba en el aire.
A la tarde ya éramos cada vez mas subides en la nave espacial y apostando por esta travesía. Gente en la feria. Niñes corrriendo con globos. Nuestras compañeras sosteniendo el espacio.
Nos acompañaron para reflexionar sobre la literatura infantojuvenil en el NOA personas esenciales en la producción cultural local: Laura García, Doctora en Letras y docente universitaria en la Facultad de Filosofía y Letras UNT, Marcos Escobar, editor y diseñador en Monoambiente Editorial, y Francisca Alarcón Irrazabal, librera de Madreselva Librería.
El uñoso de Companía Titiritera Cosito Comue nos llevó a pensar en la importancia de soñar y de no estar solos en nuestros sueños. Con la interacción del publico que no se movió ni un minuto de la escena, construyendo la historia en dialogo permanente con las infancias allí presentes.
Nuestro libro Bitácora de una travesía multicolor vol. II se presentó en plural, en todos los colores y con las voces de todes hilando el sentido de la totalidad que construye una antología que se basa en la diversidad.
La musica siempre nos transporta a lugares. Como si fuera una maquina del tiempo, nos lleva a distintas escenas de nuestra vida, y nos permite volver a vivir aquellos momentos. Julieta Ferreyra e Ivan Montes cerraron esta jornada con un acustico latinoamericano que puso al público a cantar y bailar al ritmo de Fito Paez, Shakira, Eruca Sativa y Fabiana Cantilo.
Viajar con amigas y compañeras de lucha es un lujo, por eso no podemos dejar de agradecer a cada una de las brujas que hicieron posible este dia: Florencia Sabaté, Julieta Ferreyra, Alina Gramajo, Ivana Romero, Magali Fernandez, Josefina Reinoso, Karime Kandalaft, Florencia Nasser, Julieta Ibarra, Abigail Cisneros, Aldana Mayantz, Agustina Cazón, Irene Imperio, Noelia Aisama, Soledad Deza, Adriana Álvarez, Fernanda Mónaco, Sofía Gandur, Jimena Gómez Roselló y Barbara Díaz Mónaco.
Agradecemos a todos los artistas y feriantes que fueron parte de este viaje. ¡Nos vemos el año que viene!