Una politica judicial feminista es posible
En un caso de "división de condominio" logramos que el Juez Abel Lafuente recomiende a la Corte Provincial de Tucumán modificar los formularios que dan inicio a la mediación judicial previa, con la finalidad de que se incluya el dato correspondiente a la existencia o inexistencia de procesos de violencia de género. También dejaron sin efecto la multa de $80.000 que le habían impuesto a “Gaby” por no querer asistir a la mediación
Por MxM
Habiéndonos oído, el Juez Lafuente dejo en claro que al establecer la audiencia de medicación se quebrantaron los principios establecidos en la Convención Belém do Pará (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres) y la Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que establece que las mediaciones están prohibidas cuando se encuentra vigente una orden de protección de persona, como es el caso. También le recordó al abogado del actor que debe actuar con buena fe, lealtad y probidad evitando generar situaciones de este tipo.
Finalmente, el Juez Lafuente con una mirada superadora y acorde a las problemáticas actuales de violencia contra las mujeres y disidencias sexuales, ordeno «oficiar a la Oficina de Coordinación Estratégica sugiriendole modificar y/o ampliar el formulario de requerimiento de mediación para que la parte que requiera la mediación deba consignar en dicho formulario si entre ella, y alguna de las personas en el proceso existen causas judiciales previas desarrolladas en el marco de las leyes Ley 26.485 de Protección Integral a las mujeres».
Desde MxM destacamos esta decisión judicial, que busca cambiar la política pública para garantizar con mayor eficacia la protección de las víctimas de violencia de género y su acceso a la justicia.
Lee la sentencia completa aquí :