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Juguemos en el bosque mientras el lobo no está

Estar exentos de la situación actual es imposible. 

Cada medio, cada red social, cada canal televisivo está hablando de la acusación penal a Marcelo Corazza por asociación ilícita, trata de personas y corrupción de menores. Teniendo en cuenta que este tipo de accionares se producen de manera sistemática e involucran un entramado de personas y relaciones de poder mayores a las que podemos pensar, entendemos que es un tema de interés social que en la mayoría de las veces excede a las personas individualizadas en cada uno de los conflictos. 

Ya hace 5 años, en el 2018, se abría la investigación por abuso sexual de menores en el Club Atlético Independiente; en ella, Natacha Jaitt brindó una lista de personas que incluía periodistas, políticos, mediáticos y deportistas. No casualmente, Natacha fue encontrada sin vida días después de estas declaraciones.  

Más allá de involucrar personas mediáticas, y de que el caso haya tenido repercusión por la difusión morbosa de detalles de los abusos -responsabilidad de los medios que demuestran importarles poco y nada las víctimas-, queremos detenernos en analizar de manera integral y con perspectiva de género lo que implican estas acusaciones en términos reales. Y, por qué no, aclarar algunas confusiones. 

La basura debajo de la alfombra: el ASI 

Las siglas A.S.I hacen referencia a Abuso Sexual Infantil. Aunque parezca una obviedad, hablar de lo que se trata en términos legales nunca está de más para derribar mitos sociales que rondan este concepto.

UNICEF indica que “el A.S.I o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes incluye los contactos e interacciones entre un niño y un adulto, cuando el adulto agresor lo usa para estimularse sexualmente él mismo, al niño o a otra person. En algunos casos se puede tratar de abuso una relación entre un adolescente y un niño/a más pequeño si hay una significativa disparidad en la edad, desarrollo, tamaño o aprovechamiento de ello”.  

Dos son las cosas que hay que tener en claro y son claves para entender este término: primero, que un ASI siempre se da en condiciones de desigualdad de poder, que conlleva la posibilidad de controlar a la víctima física o emocionalmente; y segundo, que siempre implica el uso de coerción, ya que se presiona -mediante engaños, promesas o desinformación- al menor para que ceda y se silencie.

Ahora ¿qué onda el consentimiento?

Mucho se ha mencionado esta palabra pero evidentemente, muy poco se la entiende.

Sí, es verdad que en Argentina se considera que una persona puede consentir una relación sexual a partir de los 13 años de edad y que por debajo de esa edad resulta imposible consentir la misma.  

Pero éste parámetro bajo ninguna medida significa que superados los 13 años no puede existir un abuso sexual. Por ello en estos casos de niñas, habrá abuso sexual aún cuando el acto hubiera sido consentido (art. 119 Código Penal).

Si la víctima es  mayor de 13 y menor de 16 años habrá abuso si no hubo consentimiento, pero también cuando el mismo fue obtenido en un aprovechamiento de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente (art. 120 Código Penal).

Sin embargo es importante tener en cuenta que en Argentina todas las relaciones sexuales requieren consentimiento para descartar un abuso sexual. Y este existirá cada vez que el consentimiento haya estado ausente o coaccionado en cualquier relación sexual (con o sin acceso carnal), sin  importar la edad de la víctima. 

Tenemos que tener en cuenta que el consentimiento es la base de todas las relaciones sexuales libres de violencia, pero que en la realidad el consentimiento puede estar coaccionado por la desigualdad de poder -física, simbólica, económica, psicológica-; es por esto que tener en cuenta la diferencia de edad de les involucrados es un factor indispensable y que no puede ser omitido. 

La diferencia de edad -y de poder- es una de las formas en que puede viciarse el consentimiento que no es otra cosa que la manifestación libre e inequívoca de la voluntad frente a una relación sexual. Pensemos que si no hay espacio para decidir en libertad, la imposibilidad de negarse es más factible que quede expuesta ante la manipulación de una persona  mayor o respecto de la cual existe una diferencia considerable de edad. 

Nunca hay que olvidar que el consentimiento debe ser: libre, porque es una elección voluntaria de las partes implicadas; informado, porque las partes deben acordar sobre cuándo, cómo, con quién, dónde; concreto y reversible, porque consentir una vez no significa consentir para siempre; y entusiasta, el “si” debe ser explícito en todo momento. 

Si hay engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier tipo de intimidación, es abuso. 

Frente a una duda sobre si hay o no consentimiento para avanzar: te sugerimos que chequees y preguntes a la persona con la que estás. Nunca está de más. 

Todes hablan hoy en día de Jay Mammon y nosotras nos hacemos algunas preguntas ¿Cómo se llega a una situación en la que se pone énfasis solamente en la edad de la víctima para justificar el abuso y no en el consentimiento? ¿Están queriendo decir que si hubiera tenido 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22 o más estaría bien una relación sexual sin consentimiento? Cuando se cruza ese umbral etario de la mayoría legal de edad ¿La desigualdad de poder se borra mágicamente? 

Les niñes como sujetes de derecho

Sobre todo esto, no hay que olvidar que hay un marco legal que protege a les niñes, en función de lo establecido en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (1989) (incorporada en la Constitución Nacional en su Art. 75), y su correlato en la Legislación Nacional -la “Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes” Nº 26.061 (2005) y la Ley Nº13.298 (2005), la Ley Nacional Nº 26.485 (2009)- el abuso sexual contra niños/as y adolescentes es definido como una violación a sus derechos que alcanza el rango de delito contra la integridad sexual según lo establecido en el Código Procesal Penal Argentino (Art. 118 a 133).

Esto se debe a que el marco normativo que regula nuestras prácticas sostiene que niñes y adolescentes son sujetos de derecho y se debe asegurar la satisfacción de su interés superior en cada situación que les involucre. Tal es así que el niño tiene Derecho a la Dignidad y a la Integridad Personal: “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la dignidad como sujetos de derechos y personas en desarrollo; a no ser sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante, intimidatorio; a no ser sometidos a ninguna forma de explotación económica, torturas, abusos o negligencias, explotación sexual, secuestros o tráfico para cualquier fin o en cualquier forma o condición cruel o degradante”. (Ley 26.061, art. 9).

Hay muchas leyes, nacionales e internacionales, que amparan a las niñeces de estas situaciones y, sin embargo, se siguen dando. Hay una cultura de la violación que nos atraviesa y se normaliza en nuestras practicas cotidianas, en nuestros consumos audiovisuales, las canciones que escuchamos, la moda que le imponen a les niñez. Nos preguntamos, ¿es falta de políticas, de leyes?¿es por el adultocentrismo?¿es que les niñes siguen siendo considerades actores pasivos de la sociedad, como “cosas” que le pertenecen a otre, como “cosas” de las que no hay que hacerse cargo? Si. Es todo esto, pero por sobre todo es un Estado negligente con las infancias. Como vimos, leyes que protejan a estas existencias no faltan, pero no existe ningún tipo de medidas de acción reales que las implementen. 

Cuando decimos que queremos niñeces libres, también nos referimos a niñeces libres de abusos. En el día internacional contra el abuso sexual infantil ponemos foco sobre esto.

Las noticias de abuso sexual deben impulsar los debates honestos acerca de qué tanta importancia tiene el consentimiento en nuestras relaciones sexuales, pero siempre prestando atención a que el tratamiento individual de estas situaciones puede servir para despolitizar el conflicto. 

Necesitamos un Estado presente, pero también un nuevo contrato social donde la cultura de la violación no tenga ningún tipo de cabida. 

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