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Archivaron la causa contra “Rita”: un freno necesario a la criminalización de las emergencias obstétricas

La fiscalía dispuso el cierre de la investigación penal contra “Rita”, una mujer que había sido señalada y criminalizada tras la aparición del cuerpo de un recién nacido en el Policlínico de El Mollar. La resolución concluyó que no existen elementos para atribuirle a “Rita” una conducta criminal. Desde MxM leemos esta decisión como una advertencia sobre los riesgos de investigar como sospechosas a las mujeres que atraviesan eventos obstétricos.  Agustín Sabaté, abogado defensor de «Rita», comenta: 

Las emergencias obstétricas no son delitos. Una mujer que atraviesa una emergencia obstétrica y llega a un hospital lo hace buscando asistencia, cuidado y protección. No llega para convertirse en sospechosa, ser denunciada por quienes tienen el deber de asistirla ni terminar sometida a una persecución penal.

El 29 de septiembre de 2025, personal de limpieza del Policlínico de El Mollar encontró el mencionado cuerpo en el cesto de basura del baño de una habitación de internación ambulatoria. La investigación, rápida y punitivamente, se orientó hacia “Rita”, una mujer que el día anterior había sido atendida por dolores abdominales. A los pocos días fue acusada de “homicidio agravado”. Resulta especialmente relevante que la Fiscalía interviniente en la investigación penal contra «Rita» es la misma Unidad Fiscal que llevó a Juicio Oral y Público a «Eva».

Eva y Rita forman parte de una misma discusión que debemos seguir dando: ante una emergencia obstétrica, la primera respuesta del Estado debe ser sanitaria, no punitiva. Las mujeres tienen que poder acudir a un hospital sabiendo que allí encontrarán atención, cuidado y resguardo de sus derechos, y no el punto de partida de un proceso de criminalización.

Tras agotar las medidas de prueba disponibles, la fiscalía resolvió archivar las actuaciones. El fundamento es contundente, no se reunieron los elementos suficientes para probar que “Rita” hubiera realizado un acción u omisión dirigida a causar muerte alguna. El Fiscal también analizó que no pudo acreditarse que “Rita” hubiera advertido un nacimiento con vida. Para que exista un homicidio doloso la persona debe saber que hay una vida y tener la voluntad de terminar con ella, algo que aquí no se probó. 

La criminalización de “Rita” se sostuvo, desde un primer momento, en un vínculo espacial, es decir, se la acusó por haber compartido el espacio. Esto no construye una secuencia o maniobra para provocar daño alguno. La fiscalía valoró que no existen elementos para afirmar que “Rita” actuó con dolo- Sin este componente, la figura del homicidio desaparece legalmente.

La resolución es clara en un punto que nos parece central: una acusación por homicidio no puede construirse sobre la mera proximidad física de una persona con el hallazgo. Un punto determinante de la resolución es que valora que, pese a que la autopsia constató un nacimiento con vida, no encontró traumatismos ni lesiones en el cuerpo. Médicamente, no pudo establecer un mecanismo de muerte violenta o provocada, lo que impide hablar de homicidio. 

El caso de Eva, que marcó un antecedente de suma importancia en Tucumán, nos permitió poner en discusión precisamente esa lógica: la utilización del sistema penal como respuesta frente a un evento obstétrico, atravesada muchas veces por estereotipos acerca de cómo debería comportarse una mujer frente a un embarazo, un parto o una emergencia que incluso puede desconocer que está atravesando.

El derecho penal exige probar una conducta y una relación causal con la muerte, ninguna de las cuales pudo reconstruirse.  

Hoy, el archivo de la causa de “Rita” vuelve a poner en evidencia algo fundamental: un desenlace trágico no convierte, por sí mismo, una emergencia obstétrica en una conducta penalmente reprochable. La gravedad del resultado no puede reemplazar la prueba de una conducta concreta, de su relación causal con ese resultado y del elemento subjetivo exigido por la ley penal. Eso es, precisamente, lo que el Ministerio Público Fiscal reconoce al disponer el archivo de la investigación.

Celebramos que, en este caso, la justicia haya resistido la tradición que ella misma ha consolidado de castigar a las mujeres tucumanas en base a sospechas.

Ninguna mujer en Tucumán debiera acceder a un servicio de salud con miedo a salir con una causa penal. El Estado debe cuidar, no perseguir, acusar sin fundamentos o castigar.

Leé acá el Decreto de Archivo: CASO RITA – Archivo