De vuelta al casillero de largada
Con un decreto el gobierno nacional busca un estándar normativo que representa retrocesos para la atención de la salud mental. En este articulo la psicóloga Fernanda Monaco explica los alcances del intento de desarticular el cambio de paradigma que promovió la ley Nº 26.567 de Derecho a la Protección de la Salud Mental.
Por Fernanda Monaco
Recientemente se dio a conocer un decreto del Poder Ejecutivo nacional mediante el cual se piensa desarticular el cambio de paradigma que promovió la ley Nº 26.567. Como la mayoría de medidas políticas de este último par de años, la modificación de la normativa que contempla el abordaje de la salud mental retrasa y no uno, sino varios casilleros. Es más, casi que volvemos al casillero de largada y quienes nos preocupamos por los derechos humanos vinculados con esta problemática, hasta perdemos un par de turnos.
Por ello nuestro ferviente rechazo a este estándar normativo que se da de bruces con los postulados en científicos y respetuosos de los derechos humanos.
Este proyecto modifica la concepción de la Salud Mental como un proceso multi-determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, pretendiendo reinstalar viejas prácticas que ya demostraron su poca efectividad, volviendo al modelo biologisista de tratamiento de los padecimientos mentales y generando un reduccionismo de los abordajes y por lo consiguiente, una estigmatización de los sujetos con dichos padecimientos.
Vuelve a considerar a los sujetos como “enfermos”, no como sujetos con algún padecimiento mental.
La Ley de Salud Mental fue la puesta en letra de una construcción colectiva donde usuarios/as, familiares, asociaciones de D.D.H.H, profesionales, trabajadores/as de la Salud Mental aportaron desde sus saberes y experiencias.
Este proceso implicó un cambio de paradigma donde los Padecimientos mentales requieren de la construcción de abordajes integrales de las problemáticas por su multideterminación, interpelándonos a todos como actores sociales y no recluyendo al “enfermo”, al “loco” como ajeno a la macro estructura de la sociedad. Este cambio de Paradigma implica la plena restitución de derechos de las personas con padecimientos mentales sin que pese sobre ellos la estigmatización y la segregación.
Este nuevo estándar de derechos nos vuelve en el túnel del tiempo a esos/as “anormales” de los que hablaba Faucault. Esos “monstruos” y esos “incorregibles” a quienes la sociedad con sus múltiples dispositivos de poder debía reencausar para devolverlos/as a su correcta senda definida en gran medida por la medicina “normalizadora”, aquella que disciplina y homogeneiza. Posiblemente por ese nuevo guiño político revitalizador de la mirada médico-hegemónica de la salud es que este cambio normativo también intenta desarticular la igualdad del equipo de salud amplio que promovía el art. 8 de la ley 26.567, justamente para garantizar un “abordaje integral”.
La derogación del decreto reglamentario, pero por sobre todo el cambio en la concepción de la Salud Mental, se puede entender solo en concordancia con las políticas de ajuste implementadas por este gobierno donde la concepción de sujeto, de trabajador, de jubilado implican una variable de ajuste posible de recortar.