García Mansilla no es un juez imparcial
Desde la Fundación MxM ayer RECUSAMOS al Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Manuel García Mansilla, en el caso “Fiore Viñuales y otros vs. Estado Nacional” donde un grupo de ciudadanos salteños pidió que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 27.610 que reglamenta el acceso a la IVE y a la ILE.
La recusación del Dr. García Mansilla busca su apartamiento del litigio radicado en la Corte Suprema y se basa en el temor de parcialidad que infunde su posición confesional en la discusión litigiosa sobre la validez del derecho al aborto.
El “Juez comisionado” no es imparcial. A lo largo de las últimas dos décadas el Dr. García Mansilla ha desplegado un visible activismo jurídico en contra de la autonomía de las mujeres tanto en el campo académico, como institucional. Antes y después de la sanción de la ley 27.610. Antes, invocando argumentos morales y religiosos. Y después, convirtiendo esos argumentos morales y religiosos en una denuncia permanente de la inconstitucionalidad de la ley. El prejuicio anterior y el prejuzgamiento posterior le impiden juzgar este caso con la imparcialidad que se requiere de un juez de Corte
En el caso “Llerena” la Corte Suprema señaló “el juez no debe gozar del consenso de la mayoría, sin embargo, debe contar con la confianza de los sujetos concretos que juzga, de modo que éstos no sólo no tengan, sino ni siquiera alberguen, el temor de llegar a tener un juez enemigo o de cualquier modo no imparcial”. No afirmamos que el Juez García Mansilla sea “enemigo” de las mujeres, pero sí subrayamos que no es objetivo, ni imparcial para juzgar nuestro derecho al aborto.
El Juez recusado no es nuestro “juez natural”. Su designación por Decreto 137/25 a la vez que afecta nuestras garantías, pervierte los mecanismos constitucionales de división de poderes y se inscribe en un contexto nacional donde el Presidente Javier Milei y su gabinete propician a diario la violencia contra las mujeres y diversidades. Este Poder Ejecutivo anti-género es el que ha designado al Dr. García Mansilla como “empleado” (art. 99 inc. 19) en la Corte.
No estamos dispuestas a permitir que un Juez confesional resuelva los cuestionamientos religiosos que, con la máscara del derecho, se hacen a nuestra ciudadanía sexual. La Corte Suprema tampoco debiera permitirlo.