Paula: demoras, reclamos por derechos y una garantía finalmente cumplida
Paula pidió un aborto legal porque su embarazo era producto de una violación. Durante semanas la joven tucumana peregrinó por los servicios de salud de Tucumán buscando una respuesta. En esos servicios se cometió siempre el mismo delito: decirle que vuelva la semana que viene.
Primero la hicieron esperar. Después la derivaron a otro efector. Le dijeron que volviera otro día. Mientras todos decidían qué hacer, el embarazo seguía avanzando. Paula explicó una y otra vez su situación de violencia. Lo contó en distintos consultorios, tuvo que repetirlo para diferentes profesionales. Todo ello con el mismo resultado: nadie le garantizaba la práctica que la ley ordena.
En lugar de hacerle la interrupción se tomó otra decisión: la reunieron un grupo numeroso de profesionales. Le preguntaron por qué quería abortar, le dieron orientación para seguir el embarazo, le plantearon la adopción como solución, le instalaron el miedo de morirse si cumplían con la interrupción que ella, desde el primer momento, pedía.
Cada día de demora trajo consecuencias: la angustia cimentaba la soledad de Paula frente al sistema, su salud se deterioraba y el procedimiento se volvía cada vez más complejo. Nada de ello por su decisión, sino por la inacción del sistema de salud.
Frente a esta situación cabe una pregunta:
¿hasta cuándo una demora es solo una demora? ¿Y cuándo esa conducta deja de ser una irregularidad para convertirse en un delito?
La Ley 27.610 es clara: obstaculizar, dilatar o impedir injustificadamente un aborto legal puede constituir un delito. No es una discusión moral, es una obligación legal. Mientras Paula seguía esperando, mientras el hospital seguía demorando, mientras el derecho seguía siendo vulnerado, la conducta podía seguir cometiéndose. En derecho, eso tiene un nombre: flagrancia.
Fundación MxM tomó conocimiento de la situación de Paula a través de una profesional de la salud que, encontrándose institucionalmente impedida para intervenir de forma directa, facilitó el contacto para que pudiéramos brindar acompañamiento, asesoramiento y seguimiento. Paula nos relató que había solicitado en reiteradas oportunidades el acceso a la práctica dentro del sistema público de salud, atravesando sucesivas derivaciones, demoras y respuestas contradictorias que prolongaron considerablemente la resolución de su caso. El embarazo, nos dijo, se había originado en un contexto de violencia sexual, una circunstancia que había comunicado a distintos efectores de salud sin que ello derivara en una respuesta oportuna.
Frente a este panorama, desde la Fundación desplegamos acciones de acompañamiento, asesoramiento y articulación institucional orientadas a garantizar el acceso efectivo a sus derechos, con un abordaje acorde a los estándares de derechos humanos, salud integral y perspectiva de género.Nos presentamos en el último Hospital que la demoró para efectuar una presentación formal mediante la cual solicitamos la inmediata garantía del acceso a la práctica requerida, dejando constancia de los antecedentes del caso, de las demoras registradas y de la necesidad de una pronta resolución.
Poco después mantuvimos una reunión institucional en el mismo hospital, con la participación de su Directora, asesoras letradas del establecimiento y del Sistema Provincial de Salud, y profesionales médicos y de psicología. Por parte de la Fundación participaron nuestro asesor legal, Agustín Sabaté y nuestra Directora Ejecutiva, Florencia Sabaté. En ese encuentro expusimos las preocupaciones vinculadas a la prolongada demora, reiteramos la necesidad de garantizar los derechos de Paula conforme a la normativa vigente y exigimos una respuesta concreta sobre la efectiva realización de la práctica.
En el marco de esa reunión se alcanzó una definición concreta: Paula debía presentarse ese viernes para ser internada y someterse al procedimiento indicado en el marco de la práctica solicitada, con la interconsulta médica correspondiente garantizada.
Y así fue. Ese mismo viernes, Paula accedió finalmente a la interrupción legal del embarazo dentro del Hospital Nicolás Avellaneda.
La definición alcanzada constituye un avance sustancial en la garantía de sus derechos, luego de un prolongado proceso caracterizado por demoras, dificultades de acceso y múltiples gestiones institucionales orientadas a obtener una respuesta efectiva por parte del sistema de salud.
La historia de Paula no es una excepción: es una muestra de lo que ocurre cuando el sistema de salud no actúa en tiempo y forma frente a una obligación legal clara. Y es, también, una muestra de que la articulación, el acompañamiento y la insistencia institucional pueden torcer ese rumbo.
Porque los derechos no se discuten. Se garantizan.