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Atenti psicólogues y trabajadores sociales

Hoy hicimos una presentación dirigida a la Presidenta de la Corte de Tucumán, Dra. Claudia Sbdar, alertando la falta de perspectiva de género en el diseño de concursos para incorporar trabajadores sociales y psicólogues al Poder Judicial

Por Mujeres x Mujeres

Mediante Acordadas N° 1169/21 y N° 1171/21 la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán llamó a concurso publico de antecedentes y oposición para la cobertura de cargos de prosecretario y secretario destinados a trabajadores sociales y psicólogues.

Estas profesiones aseguran la interdisciplina en el abordaje de cualquier conflicto que, una vez ingresado en el Poder Judicial, exija una mirada integral. Celebramos recojan las indicaciones de Organismos Internacionales sobre la necesidad de interdisciplina en la administración de justicia.

Sin embargo, a poco de leer las convocatorias y requisitos que se enumeran en los Anexos de esas Acordadas de la Corte, advertimos que la perspectiva de género está ausente en el marco conceptual y cognitivo que se propone para las evaluaciones.

Solicitamos se revea este tipo de diseños institucionales que a 37 años de que la CEDAW ingrese al bloque constitucional federal de Argentina con su imperativo de velar por la igualdad de género, y luego de haberse capacitado a todo el personal -incluidos 3 vocales de la Corte según información pública brindada a esta Fundación- para la incorporación de este enfoque como así también el que visibiliza las violencias de género como problemáticas específicas en virtud de la Ley 27.499 -también llamada Ley Micaela- desde estos espacios institucionales se continúe omitiendo cumplir seriamente con los compromisos estatales vigentes en este campo.

La Recomendación N° 33 de la CEDAW es clara sobre la necesidad de perspectiva de género para el acceso a justicia y la imprescindibilidad de preparación en género en quienes actúan como operadores del derecho.

Las 100 Reglas de Brasilia, antes de ello, también especificaron guías insoslayables para computar contextos y connotaciones de las personas y sus conflictos.

Estimamos que un programa de evaluación que no contenga ningún tipo de bibliografía que asegure un marco conceptual adecuado para la interpretación y selección de normas, como así también impregne las prácticas históricamente patriarcales arraigadas dentro del Poder Judicial, equivale a un programa vetusto que en nada puede contribuir a la selección de operadores del derecho comprometidos con la perspectiva de género e interseccionalidad que nuestra realidad exige.

Temas como el falso SAP brillan por su ausencia. Y herramientas indispensables como son el Protocolo de ASI elaborado por la propia Corte Suprema de la Provincia en una articulación interinstitucional e interdisciplinaria, tampoco figuran en el temario.

Estaremos atentas a ver si incorporan la bibliografía sugerida.